El primer paso a dar, cuando se afronta la seguridad de los pacientes dentro del gran sistema de atención sanitaria, es definir claramente de lo que estamos hablando. Si no llegamos a un acuerdo sobre el objeto de debate sería mejor no seguir.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de un error médico? A este respecto creo que sería conveniente basarnos en la clasificación adoptada por el Instituto Nacional de Medicina de los Estados Unidos que, esencialmente, refleja una realidad común a la que nos enfrentamos en todos los países occidentales.
Un error médico es aquella equivocación no intencionada en la correcta administración de cuidados médicos, independientemente de quién sea responsable de la misma. Podemos distinguir dos tipos de errores médicos:
1. El error de ejecución, esto es, el fallo en la realización completa de una acción tal como se había planeado previamente
2. El error de planificación, definido como la utilización de un plan equivocado para obtener un objetivo
Por otro lado, se define efecto adverso como una lesión causada por el manejo médico y no por la situación de base del paciente. Cuando el efecto adverso es consecuencia de un error se denomina “efecto adverso evitable”
A partir de estas definiciones, por supuesto incompletas, me gustaría que se iniciara el primer nivel de controversia para la correcta definición en nuestro entorno de lo que es un error médico.
Nihil set tam insigne, nec tam ad diurni atem memoriae stabile, quam id in quos aliquid ofenderis. Cicerón